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Resolución No. 70. Por la cual se convoca a cubrir los cargos vacantes y se abre inscripciones para proceso electoral

RESOLUCIÓN NO. 70

Resolución No. 70. Elecciones nacionales octubre 2015

15 de septiembre de 2015

 

“POR LA CUAL SE CONVOCA A CUBRIR LOS CARGOS VACANTES Y SE ABRE INSCRIPCIONES PARA PROCESO ELECTORAL”

 

La Junta Directiva Nacional de la UNIÓN, en uso de sus atribuciones legales y  estatuarias,

CONSIDERA:

  1. Que la Unión de trabajadores y trabajadoras de grandes superficies del comercio en Colombia, se constituyó desde el 2 de noviembre de 2011, fecha en la cual se dio los estatutos que contienen todo lo referente sus miembros y órganos de dirección, resaltando su constitución como una organización democrática.
  1. El pasado 18 de Octubre de 2013 se realizó día único electoral en el cual se eligieron Junta Directiva Nacional, Subdirectivas Municipales, Comités Seccionales y Representantes de tienda, los cuales iniciaron su mandato el 1 de Noviembre de 2013.
  1. Para la fecha existen cargos vacantes en las Subdirectivas Municipales, Comités Seccionales y Representantes de tienda en algunas ciudades del país, con lo cual no se garantiza la plena representación de los afiliados a la Unión.
  1. La Asamblea Nacional de Delegados introdujo a los estatutos el artículo  41, el cual faculta a la Junta Directiva Nacional a convocar elecciones cuando se presenten las mencionada vacantes en los cargos, de la siguiente manera:

Elecciones cuando haya vacantes en los cargos de representación. Si existiendo vacantes en los cargos de la Junta Directiva Nacional, las Juntas Directivas de las Subdirectivas Municipales y/o los representantes de los(as) trabajadores(as) en las tiendas o lugares de trabajo, y no se pueden suplir de conformidad con el artículo 17 de los presentes estatutos, la Junta Directiva Nacional podrá convocar a elecciones de todos los miembros, cuando así se estime necesario, con el fin de garantizar la plena representatividad de líderes sindicales.

  1. Que los cargos a vacantes, frente a los que se convoca a elecciones, al ser ocupados deberán cumplir con el periodo institucional vigente 2013 – 2017, de conformidad con el Parágrafo del artículo 41 de los Estatutos:

Los periodos de los cargos son institucionales, es decir, contados cuatro años a partir de la posesión. Las personas elegidas posteriormente al día único de elecciones desempeñaran el cargo por el tiempo que faltaré para cada uno de ellos.”

  1. Que el proceso electoral se deberá desarrollar siguiendo los parámetros dados en los estatutos del sindicato, así mismo como lo contenido en el reglamento electoral proferido por la Junta Directiva Nacional.

 

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a todos los afiliados y afiliadas a la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de grandes superficies del comercio en Colombia para la elección de cargos vacantes en las Subdirectivas Municipales, Comités Seccionales y de Representantes de Tienda en todo el país, de acuerdo a la necesidad de cada región.

ARTÍCULO SEGUNDO: El día de elecciones es el 15 de Octubre de 2015 desde las 08:00 am  a las 05:00 pm., las cuales se realizaran en todas las tiendas del país, que sea necesario, donde se dispondrá de lugares para que los diferentes afiliados y afiliados puedan ejercer su derecho al voto.

ARTÍCULO TERCERO: Abrir el proceso de inscripciones  a todos los afiliados y afiliadas a la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de grandes superficies del comercio en Colombia que deseen postularse para la elección de los cargos vacantes en Subdirectivas Municipales, Comités Seccionales y Representantes de Tienda en todo el país, los cuales se informaran por la Junta Directiva Nacional el 20 de Septiembre de 2015

ARTÍCULO CUARTO: Las inscripciones iniciaran el 21 de Septiembre de 2015 desde las 9:00 A.M hasta el 25 de Septiembre de 2015 a las 6:00 P.M.

ARTÍCULO QUINTO: Los afiliados que deseen postularse para hacer parte de los cargos a elegir en cada región y en cada tienda, deberán cumplir con los requisitos que para ello se ha determinado en el reglamento electoral.

ARTÍCULO SEXTO: Los postulantes deberán inscribirse de conformidad con el capítulo VI del Reglamento electoral.

 

COMUNÍQUESE Y CÚ
MPLASE

Dado en Bogotá
a los 15 días de Septiembre de 2015.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
UNIÓN TRABAJADORES DE COMERCIO

LUZ MARINA DÍAZ

Presidenta Nacional

Firma Luz Marina

NIDIA STELLA GÓMEZ

Secretaria General

Nidia Gómez, Secretaria nacional

 

Comentarios

  1. Quisiera saber si en Riohacha se realizó este proceso ya que no lo veo en la resolución gracias

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