Demandamos el cumplimiento de la Convención Colectiva en los procesos disciplinarios

Boletín 367 – Bogotá, 27 de noviembre de 2024

Vemos con preocupación la cantidad de inconsistencias que se están presentando con respecto al cumplimiento de la Convención Colectiva vigente, firmada entre Cencosud Colombia S.A. y la UNIÓN, y que tienen que ver con la correcta aplicación de la cláusula sexta, referente al procedimiento disciplinario y su cumplimiento integral.

Es inaceptable que las respuestas a los procedimientos disciplinarios se estén enviando a los correos electrónicos personales de los trabajadores sin la debida notificación física de las mismas, por cuanto este procedimiento NO ESTÁ CONVENCIONADO y viola el debido proceso establecido en la cláusula mencionada arriba.

Instamos a Cencosud Colombia S.A., y en especial a los responsables de recursos humanos, desde su gerencia, a revisar esta práctica que va en contra de la Ley de Desconexión Laboral, la cual ha sido promovida por la misma empresa en sus políticas internas. Por tanto, los correos electrónicos personales de cada trabajador hacen parte de la intimidad y no es permitido consultarlo en horario laboral, mismo horario en el que se debe notificar a cada trabajador inmerso en un procedimiento disciplinario, desde la citación a descargos, hasta su respuesta, sin perder de vista que los correos personales de cada uno de los trabajadores no son una herramienta de trabajo, por lo que no es deber de los trabajadores revisarlo para atender asuntos que hagan parte de su esfera laboral.

Por otra parte, buscamos que los representantes de recursos humanos de Cencosud Colombia cumplan con la correcta aplicación de la convención colectiva de trabajo, especialmente en lo que tiene que ver con el reconocimiento a la organización sindical y su estructura organizativa, lo cual también está explícito en el texto de la Convención Colectiva de Trabajo vigente y que algunas personas del área de recursos humanos desconocen, o no quieren aplicar. Esta situación la resaltamos debido a algunas apreciaciones que recibimos de trabajadores que han sido invitados a desconocer nuestra labor sindical y a los representantes de los trabajadores.

Insistimos en la invitación a Cencosud Colombia a revisar y corregir las falencias en la correcta aplicación de la convención colectiva, en su integridad.

A los y las compañeras afiliadas, los animamos a que sigan denunciando estos procederes de la empresa, ante sus representantes sindicales de tienda, de las juntas directivas municipales o a la junta directiva nacional, a través de nuestros canales, que pueden encontrar en www.uniontrabajadoresdecomercio.com Entre todas y todos vamos a defender, cuidar y hacer valer nuestra Convención Colectiva de Trabajo.

Luz Marina Díaz
Presidenta
Junta Directiva Nacional

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