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La persecución sindical en Cencosud Colombia: ¿una política de la compañía?

El pasado 1° de marzo la Unión De Trabajadores y Trabajadoras de Grandes Superficies del Comercio en Colombia, haciendo uso de sus facultades estatutarias, emitió la resolución No. 74, con la que nombraba oficialmente al trabajador John Alejandro Galindo como representante sindical en la tienda Titán Plaza, de Bogotá.

Esta notificación fue realizada oficialmente a la Señora Franci García, directora de Recursos Humanos de Cencosud Colombia. Es un procedimiento de rutina entre ambas organizaciones. El día 4 de abril de 2017, apenas a mes de su nombramiento, John Alejandro Galindo, fue víctima de una encerrona por parte de su jefe directo, la jefe de cajas Nancy Reyes; Recursos Humanos, representado por la Regional Gloria Villamil y la consultora de la tienda Adriana Muñoz Aguirre y el director de la tienda Martín Niño.

Entre todos, querían obligar al representante de tienda, John Alejandro Galindo a firmar un acta de compromiso, para reconocer su culpa en unos supuestos problemas de convivencia. Este procedimiento se trató de hacer sin el debido proceso y sin la asistencia de otra persona del sindicato, como lo establece el proceso disciplinario pactado entre la Unión y Cencosud en su Convención Colectiva. Tampoco se trataba de una reunión del Comité de Convivencia laboral, por tanto, este procedimiento era totalmente irregular e ilegal.

Ante la negativa del representante de tienda a asistir a ese escenario, la Regional de Gestión Humana, Gloria Villamil, usó gritos, manoteo, palabras soeces y amenazas de desacato a su autoridad, para tratar de llevar al compañero a firmar el supuesto “compromiso”, todo en presencia de otros trabajadores.

Durante el desarrollo del incidente, Nancy Reyes convocó e hizo firmar a 4 compañeros de cajas, una carta donde supuestamente acusaban de conductas inapropiadas por parte de John Alejandro hacia ellos en la tienda. Consultado uno de los firmantes, dijo que cuando pidió leer lo que le exigían que firmara, la señora Nancy Reyes, lo gritó y le dijo que no más firmara, que era una orden.

Es importante destacar que el trabajador John Galindo siempre se ha caracterizado por su desempeño ejemplar en la sección de cajas, nunca ha presentado descuadres faltantes o se ha visto abocado a procesos disciplinarios por esta situación.

Con esa carta en la mano, con las firmas obtenidas bajo coerción, la regional de Recursos Humanos, Gloria Villamil, afirmó “ahora sí lo voy a hacer echar”, refiriéndose a John Alejandro. El hecho no pasó a mayores, gracias a que la presidenta de la Unión, Luz Marina Díaz, se encontraba en la ciudad de Bogotá y alertada por los compañeros de la tienda Titán Plaza, alcanzó a llegar a la tienda y confrontó la situación.

Para la Unión, resulta muy preocupante que una vez notificada la jefe de Recursos Humanos, Franci García, sobre la designación del compañero como delegado de tienda, se unieran dos representantes de recursos humanos, incluida una JEFE REGIONAL, una jefe de sección y el director de tienda, para concertar el acoso y persecución al líder sindical.

John Alejandro, desde su nombramiento, en su labor sindical, viene denunciando el proceder irregular de la consultora de Gestión Humana Adriana Muñoz Aguirre, quien continuamente llama a procesos disciplinarios a los trabajadores de la tienda por detalles insignificantes, negándoles la posibilidad de conocer las pruebas en su contra, violando sus derechos de defensa y contradicción , ello de conformidad con el procedimiento disciplinario convencionalmente previsto y en contravía del derecho fundamental al debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Nacional.

Y es más preocupante aún, que se use la fuerza y la coerción, para que unos compañeros y compañeras de trabajo acusen de cargos inexistentes a sus otros compañeros y compañeras representantes del sindicato.

Señora Franci García, usted como jefe de recursos humanos es conocedora de todos los avances que hemos tenido en la creación de espacios diálogo social, para solventar las diferencias entre trabajadores y trabajadoras y empresa y la disposición que tiene la organización sindical a usarlos, para construir una paz laboral justa.

Sin embargo, nos vemos también en la obligación de recordar a usted y a Cencosud, que nuestro equipo jurídico está estudiando todos estos casos, para analizar si es un accionar direccionado de manera institucional por la empresa y determinar si configura acoso y persecución sindical.

Le recordamos que estas conductas pueden acarrear sanciones pecuniarias de tipo administrativo por parte del Ministerio del Trabajo, e incluso pueden llegar a ser investigadas por la Fiscalía General de la Nación por el ilícito de “violación al derecho de asociación y reunión” consagrado en el artículo 200 del Código Penal Colombiano que dispone incluso penas privativas de la libertad para quien sea haya culpable de incurrir en estos comportamientos.

Como ya lo hizo el ministerio del trabajo en 2016, cuando se les impuso a Cencosud la quinta multa más alta, entre 988 empresas, por la violación sistemática al derecho de asociación. ¿Será que los directivos en Chile saben que los administradores en Colombia están desperdiciando el dinero pagando multas por incumplir las leyes colombianas, la constitución y la carta de los derechos humanos?

Las multas más altas impuestas por el Ministerio del Trabajo en 2016, por incumplimiento de las leyes y normas laborales.
Pueden leer aquí la noticia completa del Ministerio del trabajo. «Por Intermediación laboral ilegal, MinTrabajo impone mayor número de sanciones«

En 2011, cuando la nació la Unión, en lo que entonces era la cadena de supermercados Carrefour, las relaciones entre la empresa y el sindicato se caracterizaron por el diálogo social y el respeto mutuo. La Unión, hace de nuevo un llamado a los directivos de Cencosud en Colombia, pero especialmente a los directivos de la multilatina en Chile y a su mayor accionista, el señor Horst Paulmann, para que dentro del régimen de la libre empresa, recuerden que hay instancias superiores a ella en Colombia: las leyes y normas que protegen a los y las trabajadoras colombianas para el libre ejercicio de su derecho humano y fundamental de sindicalización.

Expresamos nuestra disposición al diálogo y a la solución racional de los conflictos en Cencosud Colombia. Queremos que nos dejen ser sindicalistas, con plena libertad.

Luz Marina Díaz
Presidenta
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL


Descarga e imprime aquí el comunicado para que lo pongas en nuestras carteleras.

Comentarios

  1. Esta situacion de la empresa deja mucho que pensar cada dia maltratando mas a los empleados que injusto

  2. El hostigamiento,las amenazas y la agresión física constituyen un atentado contra el derecho a la libertad sindical.

    NO HE CALLADO!!

  3. Desafortunadamente fui despedida en diciembre pasado después de servir por más de 16 años a la compañía, a pesar que me indemnizaron fue una despedida injusta. La directora de ese momento, además de ser una persona que solamente llevaba 3 meses no conocía nada de Retail, tomó actitudes acosadoras y palabras soeces en contra mía, pero yo cometí el error de no denunciar y quedarme callada.
    Es importante que no se queden callados y denuncien todas las faltas que cometan en su contra, no dejarse intimidar ya que esta de por medio su dignidad como personas, si bien la empresa les da una remuneración por su trabajo, ustedes también están poniendo a su servicio sus esfuerzos, sus conocimientos, sacrificando el tiempo son sus familias, así que los aliento para que luchen por sus derechos. Unidos pueden lograr mucho. Adelante!!

    1. Trabajo en Cencosud estoy muy feliz trabajando aquí es una muy buena empresa… Pero qlgunos jefes abusan creyendo que uno no sabe de derechos.

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