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RESOLUCIÓN N° 83 (22 de enero de 2019)

“Por la cual se convoca a la décima Asamblea Nacional de delegados, de carácter Ordinario, de la Unión de trabajadores y trabajadoras de grandes superficies del comercio en Colombia”

La Junta Directiva Nacional de la Unión, en uso de sus atribuciones legales y estatuarias,
CONSIDERA:

  1. Que del artículo 16, de los estatutos de la Unión, se desprende que la Asamblea
    Nacional de Delegados es la máxima autoridad de la Unión de trabajadores y
    trabajadoras de Grandes Superficies del Comercio en Colombia.
  2. Que dicha Asamblea, por mandato del artículo 19 de los estatutos de la Unión, se
    reunirá ordinariamente, por lo menos una vez al año.
  3. Que se hace necesario dar aprobación al plan estratégico, el programa, los
    proyectos de trabajo y el programa que apruebe y presente la Junta Directiva
    Nacional para realizar en su respectivo período, según las funciones determinadas
    en el numeral 1 del artículo 20 de los estatutos de la Unión.
  4. Que se hace necesario dar aprobación al presupuesto anual, a los informes de los
    estados financieros y balances de la Unión de Trabajadores y trabajadoras de
    Grandes Superficies del Comercio en Colombia, según las funciones determinadas
    en el numeral 7 del artículo 20 de los estatutos de la unión.
  5. Que se hace necesario que la Junta de Control Social rinda el informe
    correspondiente a la Asamblea Nacional de Delegados, según las funciones
    determinadas en el literal (c) del artículo 49 de los estatutos de la Unión.
    La Junta Directiva Nacional,

RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a la Décima Asamblea Nacional de delegados, de carácter Ordinario, de la Unión de trabajadores y trabajadoras de Grandes Superficies del
Comercio en Colombia, para los días 20, 21 y 22 de febrero de 2019, en la ciudad de Cali,
Valle del Cauca.
Oportunamente se notificará la dirección del lugar donde sesionará la Asamblea.


ARTÍCULO SEGUNDO: Los delegados oficiales con derecho a voz y voto, son los mismos que fueron elegidos de conformidad con el artículo 16 de los estatutos de la Unión en el siguiente sentido:
“estará conformada por los miembros de la Junta Directiva Nacional, los miembros
de la Comisión Estatutaria de Quejas y Reclamos, y por los delegados y delegadas
elegidas en cada asamblea municipal en proporción al número de afiliados en cada
municipio, de la siguiente manera: un (1) delegado por municipio que tenga entre
10 y 300 afiliados, y a partir de 301 afiliados, un delegado por cada 300 afiliados o
fracción superior de 100. Estos delegados serán elegidos para un periodo de dos (2)
años y podrán ser reelegidos por un periodo igual de manera indefinida.”


ARTÍCULO TERCERO: En las regiones donde el delegado elegido inicialmente, por alguna razón no pueda participar, se obrará de conformidad con el artículo 17 de los estatutos de la Unión, es decir:
“Reemplazo de los delegados. En caso de renuncia, revocatoria del mandato, o
muerte de delegados elegidos por voto directo, estos serán reemplazados por la
persona que sigue en la lista en la cual fue elegido.”


ARTÍCULO CUARTO: En las regiones donde no se haya elegido Delegado para la asistencia a la Asamblea, se obrará de conformidad con lo determinado por el artículo 16 de losestatutos de la Unión.


ARTÍCULO QUINTO: En la Asamblea, se tratarán temas de estricta incumbencia a la Unión de trabajadores y trabajadoras de Grandes Superficies del Comercio en Colombia, por tanto serán tratados con la confidencialidad correspondiente.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
UNIÓN DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE GRANDES SUPERFICIES DEL COMERCIO EN COLOMBIA

Puedes descargar la resolución aquí

RESOLUCIÓN N° 83 (22 de enero de 2019) –
“Por la cual se convoca a la décima Asamblea Nacional de delegados, de carácter Ordinario, de la Unión de trabajadores y trabajadoras de grandes superficies del comercio en Colombia”

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